A propósito de una publicación del buen amigo y colega español Sergio Berenguer Pascual, que da cuenta de que España se ubicaba en el puesto 25 de 142 países en el informe del World Justice Project “Rule of Law” edición 2023, me surgió la inquietud de investigar y analizar la situación respecto a la República Dominicana y el referido informe.

El Rule of Law del World Justice Project es la principal fuente mundial de datos originales e independientes sobre el estado de derecho, basado en una rigurosa metodología de encuestas en hogares y consultas a expertos para medir la situación del derecho en 142 países, abarcando el 95% de la población mundial.

El índice abarca, entre otros, los siguientes factores o problemas como las restricciones a los poderes gubernamentales, la corrupción, derechos fundamentales, orden y seguridad, cumplimiento regulatorio, justicia civil y justicia penal, para concluir con un ranking general respecto al estado de derecho a nivel regional y global.

En el referido informe la República Dominicana se sitúa globalmente en el lugar 86 de 142 países (la lista la encabeza Dinamarca y la cierra Venezuela) y en la región de América Latina y el Caribe en el lugar 20 de 32 naciones (la lista la encabezan Uruguay y Costa Rica y la cierran Haití y Venezuela), sin embargo en esta ocasión nos vamos a concentrar en la justicia penal, convencidos de que las estadísticas son fundamentales por algo que ya he dicho en esta columna, lo que no se mide no se puede mejorar y con la esperanza renovada, que iluso, de que algún día nuestro país tenga un nuevo Código Penal y se pueda hablar de política criminal.

Como refiere el propio informe, la existencia de un sistema penal eficaz es un aspecto clave de un Estado de Derecho, en tanto que constituye un mecanismo convencional de prevenir y reaccionar frente a los ataques de los bienes jurídicos más relevantes para la sociedad.

En el rubro que nos interesa que es la justicia penal, nos ubicamos en el lugar 92 a nivel global y 17º en la región, los subfactores que se ventilan en el documento nos brindan una panorámica respecto a la eficacia de la investigación criminal, la celeridad y eficacia de la solución de los procesos, el sistema penitenciario respecto a sus objetivos, la imparcialidad, la corrupción en el sistema, la influencia gubernamental, el debido proceso y los derechos de los imputados.

Llaman la atención dos aspectos de la justicia penal, la eficacia de la investigación criminal y el sistema penitenciario, porque son los que peores calificaciones arrojan. Envía un mensaje claro y contundente la ineficacia del sistema en materia de investigaciones, históricamente cargamos la culpa a los jueces respecto a temas como la “impunidad”, sin embargo y así lo refieren los datos, quien tiene mayor responsabilidad respecto al tema es quien tiene el monopolio de la investigación, el Ministerio Público.

Respecto al sistema penitenciario, un absoluto fracaso, los informes de la defensoría pública, la sentencia TC/0555/17 que identifica la carestía de las condiciones y reglas mínimas de tratamiento en las cárceles y, en general, el estado de cosas inconstitucionales de nuestros centros penitenciarios nos dejan muy mal parados. Ojalá esta herramienta llegue a manos de las autoridades competentes para que se pueda analizar la situación de la justicia penal y se den los primeros pasos para revertir la dinámica imperante, a fin de cuentas, una nación sin un derecho penal sólido no es un Estado social y democrático de derecho.

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