La JCE advirtió ayer a los dirigentes políticos que hagan campaña proselitista a destiempo que les aplicará el artículo 78 de la ley 33/18 que manda a no aceptar las candidaturas de quienes violan los plazos legales y hagan campaña adelantada.

La Junta Central Electoral (JCE) recuerda a los partidos y a la ciudadanía que, conforme a la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley 33-18 de Partidos Políticos, los períodos de precampaña y campaña aún no han iniciado. “Por lo tanto, no está permitida la realización de actos proselitistas en favor de ningún ciudadano, ciudadana o entidad política”, señaló en un comunicado.

El órgano llamó a la dirigencia de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a quienes participan y/o dirigen este tipo de actos y a la ciudadanía en general, a actuar con responsabilidad y compromiso democrático, que respeten las reglas establecidas y contribuyan a un ambiente electoral basado en el sosiego social y político, el orden, la integridad y la legalidad.

“En ese sentido, resulta fundamental recordar que, para las elecciones generales de 2028, el período de precampaña comenzará el primer domingo de julio de 2027 y concluirá con la escogencia de las candidaturas. La campaña electoral, por su parte, iniciará formalmente con la proclama que emitirá la Junta Central Electoral, a más tardar 70 días antes de los comicios”, puntualizó el órgano.

La JCE advirtió que tiene el deber velar por el cumplimiento de las disposiciones que regulan los tiempos y condiciones de la precampaña y la campaña. “Se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 308, numerales 4 y 5, de la Ley 20-23, y en el artículo 78, numeral 8, de la Ley 33-18, a quienes infrinjan estas normas mediante la realización de actos previos de precampaña y campaña”, explicó la JCE.

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