Tanto las personas que están haciendo sus procesos de residencias por la via consular, como las personas que se encuentran haciendo sus procesos dentro de los Estados Unidos deben someter documentos civiles para llevar a cabo sus aplicaciones de residencia.

Muchos inician los procesos y no consultan a un abogado y por ende se sienten perdidos y no seguros de que estén haciendo las cosas correctamente para su aplicación. En su mayoría, preguntan a amigos que han pasado por procesos similares sobre sus experiencias. Ten presente que ningún caso es igual otro y puede que una persona necesita hacer pasos que no sean necesarios en tu caso.

Ahora bien, todos deben someter documentos civiles en sus procesos ¿Deben ser estos apostillados para que tengan validez? La respuesta es no. No debes apostillar tus actas de nacimiento, ni de divorcio, o defunción. Tampoco debes obtener una nueva porque el documento diga que se ha expirado. Si definidamente debe ser el acta inextensa de cualquier de las actas antes mencionadas. No puedes someter el extracto de las actas.

Toma nota que tanto en los procesos consulares, como en los procesos de ajuste de estatus dentro de los Estados Unidos, solo debes someter copias de los documentos. Al momento de la entrevista, llevas los originales de todos tus documentos sometidos. No puedes olvidar de llevar los originales porque por esto puede posponer la entrevista. Espero que esta nota te haya sido de mucha ayuda. Recuerda siempre que estamos aquí para responder cualquier pregunta que puedas tener sobre este u otros temas.

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