La Sisalril advirtió a las ARS que deben aplicar la resolución que eleva a RD$8,000 anual la cobertura de medicamentos ambulatorios.De acuerdo con el superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, Pedro Luis Castellanos, “los beneficios para los afiliados contenidos en la Resolución 375-02 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) están vigentes desde el pasado primero noviembre”.
Recordó que dicha resolución amplió la cobertura de medicamentos ambulatorios hasta RD$8,000 por afiliado por año, así como la cobertura de gastos catastróficos para recién nacidos hasta un millón de pesos anual, y para el resto de los afiliados, hasta RD$1 millón por evento y por año.
Castellanos dijo que la circular de la Sisalril No. 044605, que algunas ARS han apelado ante el CNSS, no está en vigor.