El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) anunció la noche de este miércoles a los cinco jueces, con los respectivos suplentes que integrarán el Tribunal Superior Electoral (TSE) durante los próximos cuatro años.
A continuación las intervenciones de los actuales jueves en las jornadas de evaluación del CNM.
Ygnacio Pascual Camacho fue escogido como juez titular y presidente del TSE, y como su suplente a Juan Cuevas.
Los titulares son: Juan Alfredo Biaggi Lama y tendrá de suplente a Hermenegilda del Rosario Conde Ramírez, Rosa Fiordaliza Siri, tiene como suplente a Juan Manuel Garrido Campillo, Pedro Pablo Yermenos Forastieri tiene como suplente a Luz Teresa Salazar Rodríguez y Fernando Fernández Cruz, que tiene como suplente a Francisco Eugenio Cabrera Mata.
Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, al inicio de su intervención se definió como una persona proactiva que siempre apoya el desarrollo de las instituciones donde labora.
‘’Me considero ser una persona proactiva y así lo he demostrado en las instituciones donde he estado, en el entendido de que participó en los procesos de desarrollo de estas instituciones, en mi propio currículo narro algunas de las actividades que desarrollé durante ese tiempo, esa misma pro actividad la ejerzo en mi tribunal’’.
Tras ser cuestionado por la procuradora general de la República, magistrada Miriam German Brito sobre cuál sería la forma más adecuada para armonizar seres humanos tan diferentes sostuvo que las personas que asumen la dirección de alguna entidad no debe generar conflicto permanente con relación a los otros.
“yo creo que el que está al frente de un conglomerado debe ser la persona menos conflictiva porque tiene que estar lidiando con el conflicto de los otros, una persona que dirige algo no puede ser una gente que genere conflicto permanente con relación a los otros, y lo estoy diciendo porque yo aplico eso en mi tribunal’’, destacó.
En ese mismo orden, el nuevo juez titular del Tribunal Superior Electoral, Juan Alfredo Biaggi Lama fue cuestionado por la magistrada Nancy Salcedo sobre cómo ha determinado la jurisprudencia constitucional, la delimitación que hay entre la competencia de la Junta Central Electoral y el Tribunal Superior Electoral en materia de amparo y su respuesta fue la siguiente:
‘’La competencia del TSE es para resolver conflictos entre partidos o entre miembros y partidos, que ni siquiera amplía la competencia para aquellas situaciones que puedan presentarse a lo interno de la Junta Central Electoral’’.
En su participación Pedro Pablo Yermenos Forastieri, quien tendrá como sustituto a Lourdes Teresa Salazar Rodríguez mostró su inclinación sobre la importancia de la ley de partidos y ley del régimen electoral en el país.
“Yo estoy de acuerdo con la codificación electoral y en consecuencia me voy a referir a lo que yo considero que son aspectos importantes que tiene que contener ese código electoral para regularizar indiscutibles contradicciones que hay tanto en la ley de régimen electoral como en la de partidos políticos. Hay muchísimas cosas por hacer. La pérdida de la personería jurídica de los partidos políticos es un tema que está absolutamente confuso en la legislación y eso hay que aclararlo’’.
En el caso de Rosa Fiordaliza Pérez de García, quien es la única mujer entre los nuevos miembros titulares del TSE, habló sobre la ley 21-11, Ley Orgánica del TSE.
“Me voy a centrar en algo muy particular, la constitución de la república crea el TSE como el órgano competente para conocer y decidir de manera definitiva los conflictos contenciosos electorales y dirimir los diferendos que se susciten a lo interno de los partidos políticos y a mi modo de ver, de manera muy particular, creo que cuando el legislador ordinario crea la ley 29-11 mutila, le quita al artículo 2-14 de la constitución ese sentido amplio que el constituyente ideó para el TSE’’.
Finalmente, Fernando Fernández Cruz, sobre la competencia para impugnar actos administrativos de naturaleza electoral opinó lo siguiente:
‘’Ya el Tribunal Constitucional acaba de definir esa competencia y ha dicho por un ejercicio simple que hace la referida sentencia comparar las competencias del TSE con las competencias que le son otorgadas al TSE y al hacer un ejercicio de comparación de competencia ellos concluyen que todos los aspectos de carácter administrativo de la que es competente la Junta Central Electoral no es competencia del TSE sino del Tribunal Superior Administrativo’’.
El presidente dijo que son jueces apartidistas y que llevarán tranquilidad a la República Dominicana.