Fadul califica de injusta sentencia en caso Narciso

El Ministro de Interior y Policía rechazó este martes la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que condenó al Estado dominicano por la desaparición de Narciso González.

El Ministro de Interior y Policía rechazó este martes la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que condenó al Estado dominicano por la desaparición de Narciso González.José Ramón Fadúl calificó la sentencia como injusta. Asimismo, aseguró que el fallo de CIDH busca hacerle daño a la inversión extranjera en el país y vinculó el fallo con sectores empresariales de la región que compiten con el país.

La CIDH condenó al estado de República Dominicana por la desaparición forzada del periodista Narciso González Medina, ocurrida en 1994, y ordenó el pago de más de 395,000 dólares a sus familiares. El organismo “concluyó que la República Dominicana había violado los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la vida y al reconocimiento de la personalidad jurídica del señor González Medina”, según un comunicado difundido por la oficina de prensa de la CIDH, con sede en San José.

Investigar casos

De su lado, Amnistía Internacional consideró que la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos contra la República Dominicana (CIDH) por la desaparición del profesor universitario Narciso González debe motivar a las autoridades para investigar todos los casos de desapariciones forzadas ocurridos en el país.

Chiaria Liguori, investigadora para el Caribe de Amnistía Internacional, expresó, a través de un comunicado, que  “un buen primer paso hacia la justicia en la República Dominicana sería el cumplimiento eficaz de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Narciso Gonzáles Medina y el inicio de investigaciones en todos los otros casos de desapariciones”.

Amnistía Internacional ha documentado dos casos recientes de posibles desapariciones forzadas en que las víctimas fueron vistas por última vez bajo custodia policial: Juan Almonte y Gabriel Sandi Alistar desaparecieron el 23 de julio y el 28 de septiembre 2009, respectivamente. Ambas desapariciones se produjeron en el marco de una investigación sobre el secuestro del joven Eduardo Baldera, en Nagua.

Mientras, la fiscal del Distrito Nacional, Jeni Berenice Reynoso, tras calificar la condena como una “vergüenza” para el país, sostuvo que la sentencia fue pronunciada porque el organismo entendió que la República Dominicana “no hizo lo necesario para investigar la desaparición” de Narcisazo, ocurrida el 26 de mayo de 1994.

De su lado, el rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Mateo Aquino Febrillet, la calificó de justa y legal. Dijo que es un caso lamentable y que la CIDH pronunció la sentencia porque entendió que República Dominicana no había hecho lo necesario para investigar la desaparición del profesor universitario.

El rector de la UASD consideró que la sentencia de la CIDH revive un tema que no ha sido cerrado por la casa de estudios, que lo sigue dando como desaparecido y no por muerto.

“Su cheque sigue saliendo a nombre de él y lo cobra su viuda, porque la UASD todavía no ha determinado que Narciso González haya muerto, tiene que haber una condena que determine que hubo manos criminales”, indicó.

En tanto, López Rodríguez dijo que los organismos internacionales por lo regular fallan en muchos casos y en que en otros se quedan callados, aunque reconoció que el caso hace años que debió resolverse en el país.

La SIP está satisfecha con la condena

La Sociedad Interamericana de Prensa manifestó  su satisfacción por la sentencia. El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Gustavo Mohme, dijo que “este fallo es un paso determinante para hacer justicia en torno a cientos de casos impunes de crímenes contra periodistas en el hemisferio”.

Mohme, director del diario peruano La República, agregó que “la SIP espera que el Gobierno de República Dominicana asuma su responsabilidad y acate las medidas de reparación que se estipulen en esta sentencia”.

La SIP indicó en un comunicado que si bien el fallo de la Corte IDH no emite un pronunciamiento respecto de “las alegadas violaciones del derecho a la libertad de expresión” de la víctima, obliga al Estado dominicano a adoptar numerosas medidas para “reparar el crimen”. González, conocido como “Narcisazo”, tenía 52 años cuando desapareció el 26 de mayo de 1994.

Pago
La Corte determinó que el Estado debe pagar por daño inmaterial un total de 395,000 dólares a los familiares.

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