La declaración fiscal en la DGII

Cuando una persona vende bienes o servicios de manera particular, es posible que sus clientes le exijan facturas con Registro Nacional de Contribuyente…

Cuando una persona vende bienes o servicios de manera particular, es posible que sus clientes le exijan facturas con Registro Nacional de Contribuyente (RNC) y Número de Comprobante Fiscal (NCF) para poder sustentar la compra. Para cumplir esos requisitos el contribuyente no tiene que crear una empresa, sólo debe ir a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), hacer su declaración jurada, es decir, declarar un estimado de lo que le ingresa cada año y lo que paga de impuestos.

La DGII le suple el RNC y los NCF de manera gratuita y ya usted puede emitir facturas como persona física. Sin embargo, usted asumió el compromiso de declarar cada año, dentro de los primeros tres meses (enero a marzo), los ingresos que facturó el año anterior, y pagar sus impuestos.

Muchas personas han tenido problemas con el fisco, debido a que en años en los que no han tenido ninguna actividad económica, simplemente no se presentan a la DGII para hacer su declaración anual y entonces llega un momento en que la institución lo llama y le dice que debe pagar un dinero en impuestos que usted no sabe de dónde salió.

¿Por qué la DGII hace eso? Bueno, el asunto es que cuando usted hace su declaración jurada de impuestos, automáticamente entra en un acuerdo permanente con la DGII, que no tiene fin, es decir, todos los años usted debe hacer su declaración, independientemente de que haya recibido ingresos o no. Si recibió ingresos usted va y declara, si no recibió ingresos, como quiera usted tiene que ir a declarar.

La mayoría de personas que tienen problemas con la DGII es porque no hicieron su declaración a tiempo. Hay quienes lo consideran muy tedioso y otros que ni siquiera saben cómo hacer su declaración anual. Para evitarse complicaciones, le sugiero que ubique a algún amigo o amiga que sea contador público autorizado (CPA) y pídale que cada año le haga la declaración. Ese contador le va a cobrar unos miles de pesos, no mucho, se lo aseguro, y usted se libera de esa complicación. Pero recuerde, siempre debe hacer su declaración anual, con ingresos o sin ingresos.

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