En un esfuerzo por mejorar la atención médica a las víctimas de accidentes de tránsito, el Gobierno ha anunciado un aumento significativo en la cobertura de los servicios de emergencia y atención hospitalaria.

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) informa el aumento de la cobertura para atenciones médicas derivadas de accidentes de tránsito de RD$1,161,150.00 a RD$1,300,488.00, mediante la circular 69-2025, por efecto del aumento de salario anunciado por el gobierno.

Esta cobertura es garantizada al 100 por ciento a todos los afiliados, tanto en los regímenes contributivo, como subsidiado, planes de pensionados y jubilados; no se encuentra limitada al catálogo de prestaciones.

A partir del 1 de abril

La ordenanza, que deberá ejecutarse a partir del 1 de abril, además establece el límite máximo establecido del copago a cargo de los afiliados, y fija la suma de RD$21,674.80 para el cálculo de los topes de cotización correspondientes al Régimen Contributivo en los seguros Familiar de Salud, de Riesgos Laborales y de Vejez, asi como de Discapacidad y Sobrevivencia.

Asimismo, la ordenanza de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales informa que se eleva el capital mínimo requerido de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), al pasar de RD$77,410,000 a RD$86,699,200.00, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5, del Decreto Núm. 72-03, que establece el Reglamento para la Organización y Regulación de ARS.

La Sisalril instruye a todas las Administradoras de Salud, cuyo Capital suscrito y pagado resulte inferior al monto mínimo establecido de más de 86 millones de pesos, a realizar el incremento correspondiente, de manera que igualen o superen dicho valor.

Con esta ordenanza, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales reafirma su compromiso de velar por la protección de los derechos en salud y riesgos laborales de la población afiliada, cuya atención es fundamental para asegurar su bienestar.

La circular, dirigida las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril), la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y los Prestadores de Servicios de Salud (PSS), se expide en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Normativa sobre el Fondo Nacional de Atención Médica de Tránsito.

Aseguradoras deberán acatar ordenanza

En consecuencia, las Administradoras de Riesgos de Salud y la Red de Prestadores de Servicios de Salud deberán brindar a su población afiliada las atenciones correspondientes en las mismas condiciones que se han estado aplicando. La medida de la Sisalril busca garantizar que los afectados por accidentes viales reciban atención oportuna y de calidad, para que se reduzca así el riesgo de complicaciones graves y salvar más vidas.

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