Colombia, Costa Rica, Nicaragua y ahora Bolivia lograron restaurar la reelección inmediata vía un tribunal constitucional
De siete países en los que se reformó la Constitución para permitir la repostulación de los presidentes de turno o expresidentes, que por impedimento constitucional no podían presentarse para un nuevo período, en seis de ellos los beneficiados con la reforma salieron victoriosos, excepto el expresidente Hipólito Mejía en el año 2004.
En los casos en que se recurrió a una interpretación del artículo que prohibía la repostulación de los presidentes de turno o expresidente, se debió a la imposibilidad de éstos de aglutinar una mayoría en las cámaras legislativas que permitiera la modificación constitucional a su favor.
De estas reformas, tres fueron por la vía de un tribunal constitucional competente, para lo cual se argumentó que al impedir la repostulación de dos de los presidentes en ejercicio y la de un expresidente se les violaba el derecho a ser elegido.
Los argumentos
Entre los argumentos a favor del cambio constitucional para habilitar a mandatarios que no podían repostularse figuraban que dicha prohibición violaba el derecho fundamental de éstos de ser elegidos y su nivel de aceptación.
Asimismo, los partidarios de la reelección enarbolan la popularidad de los mandatarios como argumento de legitimización de sus aspiraciones, ya que todos en su momento superaron el 60% del favor popular, excepto, también, el expresidente Mejía, cuya aceptación estaba por debajo del 40% y una enorme inestabilidad económica debido a la crisis de 2003.
Contrariamente, en estos países los opositores a la reelección esgrimían entre sus argumentos el continuismo, la intolerancia del presidencialismo exacerbado y el temor a una dictadura de corte despótico.
Otro argumento común en estos países era que si aplicar el mandato constitucional que impide a un presidente en ejercicio volver a presentarse constituye una violación a los derechos humanos del mandatario, entonces la prohibición de la reelección, en todas sus formas, consecutiva o alterna, también sería una violación a los derechos fundamentales, lo que sería un absurdo ante el imperio de la ley.
Paralelamente, estos debates se desarrollaban con una oposición débil y en cierta forma desarticulada, mientras la situación económica favorecía a los reeleccionistas y la corrupción oficial y la inseguridad ciudadana no eran temas de debates que importaran a la ciudadanía.
Ola reeleccionista
Para consolidar el sistema democrático tras los regímenes autoritarios de los años 60, 70 y 80, los países latinoamericanos limitaron constitucionalmente el ejercicio de los presidentes, ya sea mediante la prohibición definitiva de la reelección o con una segunda reelección luego de un período vacante que reemplazó el texto de 1998, en donde se postulaba en el artículo 98 que la reelección sería alterna.
En este contexto, tres países iniciaron una oleada de reformas con el fin de promover la continuidad presidencial: Perú en 1993, Argentina en 1994 y Brasil en 1997, logrando reelegirse con dichas reformas Alberto Fujimori en 1995, Carlos Menem en 1995 y Fernando Henrique Cardoso en 1999.
A partir del año 1999, Hugo Chávez inicia en Venezuela la ola reeleccionista de presidentes que se inscribían dentro del nuevo socialismo latinoamericano.
Ese año, la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela pasó de la reelección alterna a una inmediata, y adicionalmente se aumentaron los años del periodo fijo de mandato de cinco a seis años. Con el nuevo texto, en caso de ser reelegido, el presidente podría permanecer en el poder durante 12 años consecutivos.
A seguidas, en el año 2002, la República Dominicana pasó de reelección alterna contemplada en la Constitución política de 1994 a una inmediata en la nueva Constitución, con lo que el presidente Hipólito Mejía pretendía continuar más allá de 2004, pero perdió ante el expresidente Leonel Fernández, que también quedó habilitado para postularse.
En la Constitución aprobada en el 2010 se volvió a restringir la continuidad del presidente y se autorizó a los expresidentes a presentarse nuevamente sólo de forma alterna y por una única vez más.
En junio de 2015, mediante una asamblea revisora, el Congreso restableció nuevamente la reelección presidencial y permitió que el presidente Danilo Medina, que ganó las elecciones de 2012, se repostulara nuevamente en 2016.
Para lograr esta modificación se pactó incluir un artículo transitorio que prohíbe que el presidente Danilo Medina se repostule en el 2020, ya que la reforma se hizo para dar paso a su reelección.
En Costa Rica en el año 2003 hubo una interpretación de la Sala Constitucional del Poder Judicial que tuvo como efecto la eliminación de la prohibición para que los presidentes fueran reelegidos. Esto hizo que volviera a regir el anterior artículo que autorizaba la reelección tras dos intervalos de gobierno y se habilitó postularse a un segundo mandato de forma alterna, lo que benefició al expresidente Óscar Arias, cuyo Partido Liberación Nacional no aglutinaba una mayoría en la asamblea legislativa a favor de la reforma.
Es de observar que en el año 2000 el partido de Arias intentó que la sala constitucional declarara inconstitucional el artículo que prohibía la reelección, pero fracasó. Sin embargo, lo logró en 2003 en el segundo intento, tras el cambio de tres de los miembros de la Sala Constitucional, por razones de jubilación.
Otro país que admitió la reforma para la reelección fue Colombia, en el año 2005, luego de una interpretación favorable de la Sala Constitucional se estableció una reelección de tipo inmediata y que permitió a Álvaro Uribe ganar las elecciones de 2006. En 20015 el actual presidente, Juan Manuel Santos, que se benefició de dicha reforma, promovió la eliminación de la reelección.
En Bolivia, el cambio se produjo mediante la celebración de una Asamblea Constituyente elegida en el año 2006, poco después de la elección de Evo Morales como presidente de la República.
Después de un extenso y convulso proceso el texto fue modificado por el Congreso y refrendado mediante un referéndum.
En 2008, Ecuador también modificó la Constitución para permitir la reelección presidencial, proceso impulsado por Rafael Correa, que había ganado las elecciones de 2006 y ya no podía presentarse para otro período.
El procedimiento se hizo al igual que en Venezuela y Bolivia, mediante la celebración de una Asamblea Constituyente que reemplazó el texto de 1998, en donde se postulaba en el artículo 98 que la reelección sería alterna.
Nicaragua también cambió su Constitución, pasando de una reelección alterna a una ilimitada, la cual, siguiendo el patrón de los demás cambios, permitiría al presidente en ejercicio optar por periodos presidenciales de forma consecutiva.
Vientos reeleccionistas continúan soplando
En República Dominicana el presidente Danilo Medina, que en la reforma de 2015 pactó no volver a presentarse y así se consignó en la Constitución bajo su anuencia, no ha dicho si busca repostularse nuevamente, pero es más que evidente que su entorno trabaja en ese sentido. Dada la férrea oposición que Medina ha encontrado dentro de su propio partido y dado el hecho de que su entorno no cuenta con la fuerza suficiente en las cámaras legislativas para reformar la Constitución, todo apunta a que, al igual que en los casos de Costa Rica en el año 2003, Colombia en 2005 y Nicaragua en 2009, y ahora Bolivia en 2017, cuando Morales fue favorecido por el Constitucional, los danilistas tienen la mira puesta en el Tribunal Constitucional, a cuyo control aspiran cuando éste sea renovado.