Plataformas digitales en RD pagarán ITBIS: estos servicios aumentarán

El ITBIS en República Dominicana afectará ahora los servicios y plataformas digitales extranjeros: conoce los servicios que aumentarán

ESCUCHA ESTA NOTICIA

La administración del presidente Luis Abinader difunde este martes un decreto que regula la percepción y aplicación del ITBIS en servicios y plataformas digitales ofrecidos por empresas internacionales.

Esta normativa, oficializada mediante el Decreto 30-25, fue publicada en la Gaceta Oficial No. 11186 el 25 de enero de 2025 y entrará en vigor seis meses después de su emisión, aproximadamente en julio del mismo año. Este cambio busca garantizar que los servicios digitales consumidos en territorio dominicano contribuyan equitativamente al sistema tributario.

El impuesto se aplicará a todos aquellos servicios digitales que sean utilizados, consumidos o contratados dentro de República Dominicana. Desde plataformas de streaming hasta herramientas de software, ningún servicio quedará fuera de este marco regulatorio.

Lo que debes de saber sobre el ITBIS a servicios y plataformas digitales:

  • El ITBIS ahora aplica a servicios digitales extranjeros consumidos en República Dominicana.
  • Plataformas como Netflix, Spotify y Uber están incluidas en esta regulación.
  • Los proveedores deben registrarse ante la DGII y cumplir con obligaciones fiscales específicas.
  • Sectores como la educación y la salud permanecen exentos de este impuesto.

La medida abarca una amplia gama de actividades en línea, asegurando que tanto usuarios como proveedores asumen su responsabilidad fiscal.

Servicios Afectados por la Normativa

¿Qué servicios se verán impactados por esta nueva regulación? Aquí te detallamos los principales:

  • Plataformas de entretenimiento digital : Netflix, Spotify, Disney+ y otras similares.
  • Publicidad en línea : Campañas en Facebook Ads, Google Ads y redes sociales.
  • Intermediación digital : Aplicaciones como Uber, Airbnb y sus competidores.
  • Almacenamiento en la nube y SaaS : Servicios como Dropbox, Google Drive y herramientas empresariales.
  • Productos digitales : Libros electrónicos, cursos en línea y videojuegos descargables.

Es importante destacar que ciertos sectores, como la educación, la salud, el transporte terrestre y los servicios financieros, quedan exentos de este impuesto según la legislación vigente.

Obligaciones para los Proveedores Internacionales

Las plataformas digitales extranjeras tendrán nuevas responsabilidades fiscales según este decreto. Entre ellas se incluyen:

  • Inscríbase en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dentro de un plazo de 90 días para obtener un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  • Presentar declaraciones mensuales y pagar el ITBIS a través de una plataforma virtual habilitada por la DGII.
  • Proporcionar información detallada sobre sus operaciones en territorio dominicano cuando sea requerido.
  • Permitir auditorías para verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Las empresas que incumplan estas disposiciones se enfrentarán a sanciones establecidas en el Código Tributario dominicano.

Posted in País, PanoramaEtiquetas

Más de panorama

Más leídas de panorama

Las Más leídas