Afirma que es una legislación vinculada a la seguridad y a la defensa nacional, por lo que debió ser tratada como orgánica

El Tribunal Constitucional (TC) anuló la ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Investigación (DNI) por tratarse de una ley orgánica y no haber sido tratada como tal al momento de ser aprobada por el Congreso Nacional.

Esa normativa se encuentra en el Senado de la República en espera de que se conociera el proyecto de modificación planteado por el Poder Ejecutivo después de nueve meses de discusión con la Sociedad Dominicana de Diarios y juristas.

En su sentencia, la alta corte enfatiza que esa normativa regula aspectos de seguridad y defensa nacional, una de las razones por las cuales debió haber sido aprobada con esas características.

Añade que la materia que regula la ley se examina no por el nombre que estas lleven o por los temas que otras normas regulen, sino por su contenido.

“Nótese que la ley surge tras considerar el legislador que es deber del Estado garantizar la seguridad nacional y que los organismos de inteligencia juegan un rol preponderante en la obtención de información estratégica para enfrentar los desafíos y amenazas que ponen en riesgo la seguridad nacional”, enfatiza.

Explica que la Ley núm. 1-24 no puede ser entendida sin la seguridad nacional y defensa del Estado y al aprobarse en desconocimiento de las reglas que nuestra Constitución consagra en su artículo 112, incurrió en un vicio de procedimiento o de forma que la hace constitucionalmente insalvable. “Se impone, entonces, que este Tribunal Constitucional declare su inconstitucionalidad y la expulse de nuestro ordenamiento jurídico”.

El tipo de ley no es por mayoría

El TC refiere que, independientemente de la mayoría con la que fue sancionada y de la materia que trate, definitivamente no fue aprobada como orgánica. Ese no fue el tratamiento legislativo que recibió ni fue esa la intención del Congreso Nacional.

El TC acogió el recurso de inconstitucionalidad presentado por Juventud con una Misión (JUCUM), Partido Generación de Servidores (GENS), Colegio de Abogados de la República Dominicana y su seccional de San Francisco de Macorís, Fuerza del Pueblo, Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Partido Revolucionario Dominicano (PRD), así como por los Sres. Mayobanex Pepín, María Magdalena Piña Dirocié, Cirilo de Jesús Guzmán López, Carlos Peña, Miguel Alberto Surún Hernández, Josefina Guerrero, Ruddys Antonio Mejía Tineo, María Ysabel Jerez Guzmán y Rudys Odalis Polanco Lara.

“La Ley núm. 1-24 no regula, propiamente, un derecho fundamental. Más bien, crea y regula el funcionamiento de una institución que, cuando desempeña sus funciones, incide —como es natural— en los derechos fundamentales, entre ellos, la intimidad y el honor personal”, afirma el Constitucional al aclarar lo relativo a la declaratoria de nulidad hecha por las partes, bajo el entendido de que era orgánica porque regula derechos fundamentales.

Indica que la ley no hace más que afectar este derecho fundamental de forma indirecta o incidental, mas no regularlo en el sentido de delimitarlo, definirlo, determinarlo, dimensionarlo o configurarlo de manera directa y en sus aspectos más esenciales o sustanciales.

Los rechazos y acciones

Debido al rechazo y preocupación que generó la Ley 1-24, sobre todo en lo relativo al artículo 11, que obliga a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas a entregar informaciones a la DNI, el Gobierno llegó a un acuerdo con la Sociedad de Diario y una comisión de juristas, para proponer cambios significativos a la normativa.

En septiembre, el presidente de la República, Luis Abinader, a través del consultor jurídico, Antoliano Peralta, depositó el proyecto de modificación de la ley que procuraba modificar los artículos 1, 2, 9, 10, 11, 26 y 32 de la Ley 1-24, con el propósito de lograr la mayor claridad y especificidad posible en cuanto a la sujeción constitucional de cada una de estas disposiciones.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) había presentado 20 observaciones por considerar que tiene ausencia de definición de términos y presencia de conceptos jurídicos indeterminados.

La Comisión de Interior y Policía del Senado decidió rendir un informe que acoge los cambios a la ley estudió varias modificaciones a la criticada ley, también sometió un informe favorable al proyecto, después de escuchar las observaciones de los directivos de varios medios de comunicación y de funcionarios del Gobierno.

Persio Maldonado, presidente de la SDD, explicó que el acuerdo alcanzado es el resultado de un esfuerzo conjunto y prolongado que ha involucrado a una comisión de abogados y representantes de los sectores implicados desde principios de año.

Reacciones a favor de la decisión del TC

El expresidente de la República, Leonel Fernández, así como el dirigente del PLD, Francisco Javier García, ponderaron el fallo.

“Esta decisión reafirma la importancia de proteger el estado de derecho y los derechos fundamentales. Reiteramos nuestro compromiso con la defensa de la Constitución y los intereses del pueblo”, manifestó Fernández en su cuenta de X.

Javier Garcíía consideró que la decisión fortalece la institucionalidad democrática del país porque en su contenido, la referida legislación violaba derechos fundamentales, entre ellos el relativo al honor y la intimidad de las personas.

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