Controversia entre Educación e iglesias es por la definición del género, no por la igualdad entre el hombre y la mujer
La controversia en torno a la Orden Departamental número 33-2019 del Ministerio de Educación no tiene como centro la igualdad entre el hombre y la mujer, ya que ambas persiguen el mismo objetivo, sino visiones contrapuestas sobre el género definido por lo masculino o lo femenino, sobre todo porque República Dominicana firmó en 2008 la “Declaración sobre orientación sexual e identidad de género de las Naciones Unidas”, organismo éste que reconoce la existencia de 112 “identidades de género” distintas.
En efecto, para la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el género no está determinado por el sexo (macho o hembra), sino que es una categoría social que el individuo construye a su libre elección y que es considerada un derecho humano en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Pero para las iglesias y sectores sociales tachados de “conservadores” el género humano es simplemente masculino o femenino, en función de cómo Dios creó al hombre y a la mujer, por lo que cualquier categorización social del género es una desconstrucción de la moral y la dignidad de las personas.
En 2008, los 34 países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobaron de forma unánime la declaración para la protección de los derechos humanos a la identidad de género y la orientación sexual.
A esto se agrega el hecho de que los pactos y tratados internacionales tienen categoría constitucional en materia de derechos humanos, preceptos éstos que establecen obligaciones del Estado para actuar de determinada manera, o de abstenerse de ciertos actos, por lo que, a la luz del Derecho Internacional Público, son de aplicación obligatoria.
La orden departamental
La Orden Departamental que “estable como prioridad el diseño e implementación de la política de género en el Ministerio de Educación” contiene ambigüedades en sus considerandos, ya que no define el género como tal, sino que, citando la Constitución, prohíbe cualquier acto que menoscabe los derechos fundamentales del hombre y de la mujer, pero al mismo tiempo dice que “Se promoverán las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de género”.
Asimismo, los considerandos siguientes citan la Estrategia Nacional de Desarrollo, que señala que “Todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas deberán incorporar el enfoque de género en sus respectivos ámbitos de actuación, a fin de identificar situaciones de discriminación entre hombres y mujeres y adoptar acciones para garantizar la igualdad y la equidad de género”, así como la resolución 3599-2004, ordena que se incorpore en el currículo vigente el eje “Género en la Educación”, en todas sus áreas programáticas, niveles y modalidades, mientras que de los objetivos de Desarrollo sostenible cita los artículos 4, que garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, y promover las oportunidades de aprendizaje permanente para todos, y el 5, dirigido a alcanzar la igualdad “entre los géneros” y “empoderar a todas las mujeres y niñas”.
Así el artículo primero de la Orden Departamental del Ministerio de Educación establece los siguientes objetivos:
a) Declarar como prioridad el diseño y establecimiento de la política de género en el Ministerio de Educación en los diferentes niveles, sistemas y subsistemas de la Educación Pre Universitaria, en sus planes, programas, proyectos, estrategias pedagógicas y actividades administrativas.
b) Propiciar herramientas pedagógicas que promuevan la perspectiva de género para la construcción de una educación no sexista entre los y las diferentes actores y actoras del sistema educativo dominicano.
c) Velar para que se promueva el enfoque de género desde el currículo educativo que permitan evaluar el desarrollo de las competencias fundamentales de los y las estudiantes.
d) Trazar las pautas para contribuir con el proceso de desconstrucción de los estereotipos de género que permean la sociedad dominicana en todos los niveles y estratos, y de lo cual no escapa el sistema educativo y sus diferentes actores.
Declaración de la ONU sobre género
La declaración de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género fue presentada por Francia ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008.
Los artículos 10 y 11 de dicha declaración contienen mandatos directos a los Estados firmantes con respecto a la orientación sexual y a la identidad de género.
El artículo 10 expresa: “Hacemos un llamado a todos los Estados y mecanismos internacionales relevantes de derechos humanos a que se comprometan con la promoción y protección de los derechos humanos de todas las personas, independientemente de su orientación sexual e identidad de género”.
Mientras que el artículo 11 dice: “Urgimos a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias, en particular las legislativas o administrativas, para asegurar que la orientación sexual o identidad de género no puedan ser, bajo ninguna circunstancia, la base de sanciones penales, en particular ejecuciones, arrestos o detención”.
En aquél diciembre 96 de los 193 miembros de la ONU firmaron la declaración, incluyendo todos los países de la Unión Europea, y la mayoría de los países occidentales, con la excepción de los Estados Unidos, que alegó que firmarla era incompatible con su ordenamiento interno, pero que finalmente la apoyó.
Rusia o China se han negado igualmente a firmar la declaración junto con los países miembros de la Conferencia Islámica.
Entre los primeros en posicionarse en contra de la declaración se encontró la Santa Sede, que en diciembre de 2008 defendió mediante unas controvertidas afirmaciones, que si la declaración era ampliamente aceptada se podría forzar a otros países a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. El observador permanente de la Santa Sede ante las Naciones Unidas, Celestino Migliore, argumentó que: “Los Estados que no reconozcan la unión entre personas del mismo sexo serán sometidos a presiones”.
Según Migliore, se quiere introducir la idea de identidad de género: “En particular las categorías orientación sexual e identidad de género, usadas en el texto no encuentran reconocimiento en el ordenamiento jurídico internacional. Una declaración política de ese tipo crearía nuevas e implacables discriminaciones”.
Asimismo, declaró que “La Santa Sede sigue abogando para que todo signo de discriminación injusta hacia las personas homosexuales se eviten e insta a los Estados para acabar con las sanciones penales contra ellos”.
Controversia
La Iglesia católica y los sectores señalados como “conservadores” argumentan que detrás de las políticas de género, que califican de ideología, existen planes concretos de promover la degeneración moral, la homosexualidad, el matrimonio entre personas de un mismo sexo y las prácticas abortivas.
En ese sentido, como ha planteado el papa Francisco, se trata de una ideología de adocenamiento y enajenación social que traerá como consecuencia la destrucción de la familia y el desmoronamiento de la sociedad.
Incluso, la Iglesia Católica aplica en sus centros educativos su propia política de género y educación sexual, como es el caso de las escuelas Fe y Alegría, que incorporó dicha perspectiva en su gestión pedagógica e institucional, programaciones curriculares y en la vida cotidiana para fortalecer la educación de calidad, la promoción social y el desarrollo comunitario con un enfoque reflexivo y apertura al cambio, de acuerdo con el padre Martín Lenk, director nacional del movimiento.
112 identidades de género
El viernes 9 de Noviembre de 2018, Vitit Muntarbhorn, nombrado por la ONU como Defensor Global LGBT, afirmó que para el organismo existen 112 géneros distintos, de las que citamos algunas.
De acuerdo con la dirección https://genderfluidsupport.tumblr.com/gender/, entre las identidades de género están:
Amica-género, que cambia según el amigo con quien estés, o el Hidro-género, que comparte cualidades con el agua. Género vacío, que se describe, como su nombre lo dice, como un género vacío, que cuando es consultado por su género solo tiene un espacio en blanco en su mente.
El Pan-género, uno de los más problemáticos, son aquellas personas que tienen la sensación de tener todos los géneros al mismo tiempo. Este género se ha establecido como el que se relaciona mejor con todos los géneros.
Adamasgender, un género que se niega a ser categorizado.
Andrógino, persona cuya identidad es una mezcla en distintos grados entre mujer y hombre. También se puede usar como sinónimo ginoandros.
Neutrois, lo opuesto a la androginia, personas que hacen una supresión de las características tradicionalmente asignadas como masculinas o femeninas. Suele abarcar el género neutro, null-gender, gender neutral y a veces se solapa con agénero.
Non-conforming, personas que no se quieren identificar con las etiquetas de género binarias. Algunas etiquetas afines son Gender Questioning y Gender Variant.
Berdache o Dos espíritus, son personas que se mueven entre los roles masculinos y femeninos para cuestiones de vestimenta, sociabilidad o sexualidad, dependiendo de la elección personal de cada uno.
Transexual, personas que desean modificar su cuerpo para conseguir una imagen con la que se sientan más cómodas (o aliviar un malestar, la disforia).
Travesti, ss un hombre o una mujer que de forma eventual o en situaciones específicas se viste y comporta como una persona del género contrario.
No-binario, personas que no se identifican con el género binario, esto está dentro de los transgéneros, aunque muchos prefieran la palabra no binario para evitar confusiones.
Bigénero, persona que se identifica con dos géneros, por ejemplo: male/female, male/agender. Puede ser al mismo tiempo o fluctuar entre ambos.
Género Fluido o genderfluid, persona cuyo género fluctúa entre varios, puede ser dos o más (por eso no es exactamente lo mismo que bigénero).
Poligénero/Multigénero, persona con más de dos identidades de género.
Intergénero, persona intersexual cuya identidad se sitúa en un punto medio entre dos géneros, usualmente los binarios.
Cross–Dresser, personas que se viste con prendas del sexo opuesto en momentos determinados.
Gender Bender (Doblador de género), persona que cambia, mezcla o combina los géneros masculino y femenino.
Buch (Marimacho), persona, generalmente mujeres, que se identifica como hombres, ya sea física, mental o emocionalmente.
Hermafrodita, persona que reúne los dos sexos en el mismo individuo.
Género Dotado, persona cuya capacidad de género supera a la binaria.
Transgénero no binario, persona que ha cambiado de género pero que no se identifica con ninguno.
Tercer Sexo, persona que no se define ni con el género masculino, ni con el femenino ni con los sin género.
Poligénero, persona con más de dos identidades de género.
Dicen género es distinto a orientación sexual
Los colectivos LGBT defienden que la identidad de género es diferente de la expresión de género. Cualquier persona, sea cis (normativa) o trans, puede tener una expresión externa masculina, femenina o de cualquier otro tipo en su forma de vestir o en su carácter. Pero ese comportamiento no tiene por qué estar relacionado con su identidad. Asumen que las etiquetas de género no están vinculadas con la orientación sexual, pues son dos conceptos independientes, es decir, que se puede tener una orientación sexual distinta al género que hayan construido.
Las cifras
ONU
El defensor Global LGBT de la ONU dice que los sexos masculino y femenino están superados.
Color
El género blanco es aquel que sólo se puede describir como un espacio en blanco por la persona que lo asuma.
Hogar
La ONU entiende que la violencia de género y la discriminación a menudo comienza en el hogar.