Los Estados Unidos es el país que más solicitudes de extradición realiza a la República Dominicana, y la mayoría de estas son concedidas sin muchas trabas.
Los datos oficiales de las extradiciones que autoriza la Suprema Corte de Justicia dan cuenta de que en los últimos dos años, este país norteamericano pidió que se extraditaran 74 dominicanos para ser juzgados por diferentes delitos. Este número corresponde al 80.43% de las peticiones.
El narcotráfico es el delito por el cual se solicitan el mayor número de las extradiciones. Un ejemplo de ello han sido los procesos de Quirino Ernesto Castillo y Antonio Rosario (Toño Leña), quienes fueron señalados como dos de los más grandes narcos de los últimos tiempos. Ambos fueron extraditados y enjuiciados en suelo estadounidense.
Uno de los casos más recientes de extradiciones por narcotráfico es el de Julio de los Santos Bautista (Julito Kilo). Su expatriación fue autorizada por la Suprema Corte en agosto pasado, tras ser acusado de operar una red de narcotráfico internacional. Le imputan el envío drogas desde Suramérica hacia la República Dominicana con destino a Puerto Rico y Estados Unidos.
Estados Unidos y República Dominicana tienen acuerdo de extradición desde 1909. En 2016 entró en vigencia el acuerdo que actualmente está vigente.
Otros países
En la lista de los países solicitantes entre el 2021 y el 2022, también figura Argentina con cuatro peticiones de extracciones; España con tres; Brasil y Rumania con dos. Albania, Costa Rica, Francia, Holanda, Kazajstán, Panamá y Uruguay cada uno con una solicitud.
Los datos reflejan que los hombres son los más solicitados en extradición. De las 92 solicitudes realizadas en estos dos últimos años, 89 corresponden a los masculinos y tres a las mujeres.
Durante este año ningún país ha solicitado a una mujer en extradición.
En cuanto al delito, luego del narcotráfico, el lavado de activos es de las infracciones que más generan solicitudes de extracción. Le siguen los asesinatos y homicidios y en menor proporción se encuentran asociación de malhechores, fraude, agresión sexual, delito financiero, robo de identidad, secuestro y tráfico ilícito de migrantes.
El proceso de la extradición
En los últimos dos años, de las 97 solicitudes que entraron, la Suprema conoció 54, y de estas solo rechazó dos y otra está sobreseída. A esto se le suman que hay cuatro extradiciones en proceso.
Quedan pendientes de conocerse 31 solicitudes, debido a que los extraditables no han sido capturados por los organismos de seguridad.
Una mala instrumentación
La solicitud de extradición se debe realizar por la vía diplomática. Los documentos que sustentan el pedido deben contener la indicación precisa del hecho imputado, la fecha y el lugar en que fue practicado. También los datos o antecedentes necesarios para la comprobación de la identidad de la persona reclamada.
Una mala instrumentación de la petición puede provocar que la Suprema Corte de Justicia rechace la misma. Esto pasó agosto cuando se dispuso la libertad a dos extraditables, una mujer y un hombre.
En el caso de la mujer, la Alta Corte consideró que la petición no fue solicitada por vía diplomática conforme al artículo 14.1 del Tratado de extradición suscrito entre República Dominicana y Brasil.
Mientras que en el caso del hombre, el tribunal ordenó su libertad pura y simple y la entrega de sus bienes, porque el país requirente (Estados Unidos) no demostró la identificación del ciudadano solicitado en extradición.
El Código Procesal Penal indica que la solicitud de extradición de una persona que se halle en territorio de República Dominicana debe ser remitida por el Poder Ejecutivo a la Suprema Corte de Justicia para que esta decida lo que corresponda.
Recibida la solicitud, la corte convoca a una audiencia oral a la que deben acudir el imputado, su defensor, el Ministerio Público y el representante del Estado requirente, quienes exponen sus alegatos. En la audiencia, la Suprema Corte puede ordenar la aplicación de medidas de coerción.
Una vez se conoce la vista, los jueces decide en un plazo de quince días. Si concede la extracción, el Poder Ejecutivo dispone la entrega del ciudadano.