La presencia de los abogados del Estado como querellantes en los casos de corrupción ha sido tema de debate durante las audiencias preliminares de estos procesos, y el escenario se repite en el denominado caso Coral.
Ayer, la jueza Yanibet Rivas escuchaba los alegatos de los abogados de los imputados que arguyen que los juristas del Equipo de Recuperación del Patrimonio Público (ERPP), apoderado por el Poder Ejecutivo para recuperar los bienes públicos en manos de particulares, no debe ser admitidos como querellantes.
Entre los argumentos que han expuesto los abogados a la magistrada del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional es que el Código Procesal Penal, la Ley Orgánica del Ministerio Público 133-11, como el artículo 169 de la Constitución, establecen que el Estado debe ser representado por el Ministerio Público.
“Ahora, si eso fuera un aspecto administración, civil o de otra índole, donde el Ministerio Público no juega un papel protagónico, entonces yo entiendo que sí podría ser que el Estado esté representado por abogados, sin embargo, (este caso) es una acción penal, que es propia del Ministerio Público”, precisó el abogado Félix Portes, quien es parte de la defensa del coronel Rafael Núñez de Aza, uno de los principales en este proceso.
Sobre el asunto, el Ministerio Público indicó que admitieron la querella de los abogados del Estado por considerarla válida.
“El Ministerio Público los ha admitido como querellantes y que por tanto ostentan esa calidad para el Ministerio Público”, dijo la semana pasada la fiscal Mirna Ortiz.
El mismo debate se originó durante la audiencia preliminar del caso Pulpo, en el que, el juez Deiby Peguero admitió a los abogados del Estado como querellantes.