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La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) y la Visa U son procesos de inmigración que brindan estatus legal a las víctimas de abuso.
El VAWA, es un proceso por el cual una persona víctima de violencia doméstica de manos de un/a residente o ciudadano/a de los Estados Unidos somete el caso y, si se aprueba, tiene el beneficio de obtener la residencia. Es un proceso bastante directo a conseguir estatus legal en los Estados Unidos como residente.
Ahora bien, la Visa U, es para las personas víctimas de crímenes. Esto envuelve también violencia doméstica de manos de una persona que NO residente o ciudadano de los Estados Unidos.
Pero, como he mencionado, la Visa U envuelve más crímenes. Por ejemplo, si una persona está siendo víctima de algún tipo de acoso o de robo que llevo consigo violencia. Todos estos tipos de crímenes están envueltos en la protección de la Visa U, es decir, es más extensa la cobertura de los tipos de crímenes y es una de las grandes diferencias con el VAWA.
La Visa U, sin embargo, no conlleva directamente al beneficio de una residencia. Si aprueba el caso primero recibe un permiso de trabajo y luego de transcurrir dos años la persona puede aplicar por la residencia. Otro ejemplo que puedo mencionar es si eres víctima de un intento de asesinato, también estaría cubierto dentro de la protección de la Visa U y no por el VAWA.
Otra diferencia muy grande entre la Visa U y el VAWA es que la Visa U exige que la persona colabore con el proceso de investigación del crimen o de la situación de la cual la persona fue víctima. Esto no es requerido por el VAWA, una persona víctima de violencia doméstica si no reporta los incidentes.
Aun así, va a poder aplicar al VAWA y recibir su residencia. Sin embargo, a través de la Visa U no. Principalmente, porque se requiere incluso una certificación y debe de estar firmada, ya sea por un fiscal o por el policía que esté haciendo el proceso de investigación.
Ya para culminar y cerrar este segmento es muy importante que tengan en cuenta algo, si tú eres víctima de violencia doméstica no es necesario que esta violencia sea física solamente. Es muy importante que entendamos que la violencia también puede ser psicológica. Por ejemplo, si la persona está recibiendo amenazas como…¨ si no haces esto, entonces te voy a reportar a migración, si no me das dinero te puedo reportar a migración… Todos estos tipos de afectaciones, que son psicológicas y que inciden a nivel económico, entran dentro del ámbito de violencia doméstica.
Recuerda siempre que si tienes alguna pregunta sobre este u otro tema de migración puedes comunicarte conmigo. Soy tu abogada Jenniffer Meléndez y me puedes contactar por [email protected]