¿Cuáles son las opciones que tiene un dominicano luego de que intenta cruzar frontera Estados Unidos?

Realmente este es un tema que preocupa a muchas personas en República Dominicana. Es es que se está dando una mal información.

Porque se haya eliminado o cambiado el capítulo 42, se cree o presume que existe algún tipo de opción más flexible para las personas que intentan cruzar la frontera, pero lamentablemente esto no es cierto.

Entonces, ¿qué opciones tendría un dominicano? Básicamente uno que cruce la frontera corre el riesgo de ser detenido por las autoridades migratorias, y esta detención puede ser de unos días, así como de varios meses.

Esto porque las autoridades migratorias tienen la total discreción de decidir si pueden liberarla.

Y ¿cuáles son los factores que se utilizan mucho para decidir si liberar a un individuo o no?

Lo primero es determinar si la persona tiene un caso de persecución, porque usualmente el único argumento que existe cuando alguien cruza la frontera.

Para poder entender por qué un individuo hace esa acción, dígase si entra sin tener la documentación necesaria, se encuentra frente a un país que no te ha dado la autorización de entrar legalmente, entonces, lo único que se acoge o queda por pensar es que la persona tiene un miedo de persecución.

República Dominicana no es un país que realmente tenga algún problema social o político que pueda entenderse que un dominicano pueda aplicar para el asilo, por razones humanitarias en todo caso. Solo quedaría para los que tienen una situación de violencia doméstica, y estos son casos muy poco probables de ganar.

Entonces, básicamente la persona está abocándose a ser detenida y pueda ser deportada de manera inmediata, que lo único que realmente conozca al momento de cruzar la frontera de EE.UU. sea un centro de detención de Migración.

En el caso de que corra con mejor suerte y sea liberada, pues va a ser colocada en un proceso de deportación y va a tener que presentarse ante un juez y hacer su defensa para no ser deportada.

Supongamos que debido a los retrasos que está teniendo en estos momentos las autoridades migratorias, o todo lo que es el sistema de Migración, puede ser que la notificación del juez no llegue de inmediato y esta persona entonces, como no tiene el caso de asilo, pase el tiempo límite para aplicar a este, y cuando esté frente a un juez no va a tener ningún tipo de alivio.

En algunos casos están liberando personas con un Parol, y este es un permiso de salir de ese centro por razones humanitarias. Cuando es otorgado este Parol, que es solo por un año, el inmigrante puede aplicar al permiso de trabajo por ese periodo de tiempo.

Luego de ello, el Parol, les dejamos saber que no está siendo renovado, y si la persona, por ejemplo, no se presenta a la corte definitivamente no va a tener otra opción que seguir sin autorización o sin permiso en Estados Unidos, y en el momento dado, luego de un año o dos, va a tener que ir ante las autoridades, básicamente un juez de Migración, porque al cruzar la frontera, entrar sin los medios legales que se necesita, entonces sería sometida por un proceso de deportación.

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