Las operaciones comerciales de inmuebles, vehículos y otros bienes que involucren pagos desde RD$250 mil no podrán realizarse en efectivo,de conformidad con las nuevas normas adoptadas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
En concreto la normativa 06-2022 prohíbe pagos en efectivo desde los RD$ 250,000 hasta RD$1,000,000, en diferentes operaciones comerciales que tienen que ver con inmuebles, vehículos, aeronaves, embarcaciones, joyas preciosas, obras de artes y juegos de azar.
Por tanto, la DGII se abstendrá de registrar trámites con valores superiores a los umbrales,a menos que se presenten constancias indudables de pago.
Es decir, que si usted quiere comprar un vehículo, un inmueble o cualquier bien o servicio que sobrepasa los RD$250 mil pesos,la DGII exigirá que usted haga el pago a través de depósitos en cuentas bancarias, transferencias electrónicas, emisión de cheques, tarjeta de crédito o de débito, en fin, otros instrumentos de pago distintos al efectivo.
Asimismo, mediante la normativa 07-2022 los notarios o registradores mercantiles no podrán registrar o llevar a cabo procesos de compras en efectivo que supere el monto establecido por la DGII (RD$250 mil pesos en adelante), Las normativas entrarán en vigor en un plazo de 180 días a partir de su publicación…