Un residente permanente para poder aplicar para la ciudadanía debe cumplir con los siguientes requisitos: 1) haber cumplido 18 años de edad; 2) haber residido continuamente en los EEUU después de su admisión como residente permanente durante al menos cinco años antes de presentar la solicitud de naturalización y hasta el momento de la naturalización; 3) haber residido en el estado que tiene jurisdicción sobre la solicitud durante tres meses antes de presentar la aplicación; 4) Tener buen carácter moral; haber estado presente al menos 30 meses (973 días) en esos cinco años; 6) leer y escribir en inglés.
Si una persona reside fuera de EEUU y pasa mayor parte del tiempo en otro país, no podrá calificar debido a que no cumplirá con el requisito de residencia. Si una persona pasa más de 6 meses fuera de EEUU, se presume que se ha roto la presencia continua requerida para aplicar para la ciudadanía, esto es así sin importar que tenga 973 días acumulados de presencia en EEUU.
Si esta ausencia es mayor de un año, el rompimiento de la continuidad es un hecho. Si una persona a pesar de estas ausencias en EEUU desea aplicar a la ciudadanía debe mostrar al agente de migración que, aunque estuvo ausente por estos largos periodos de tiempo: No perdió su empleo en los Estados Unidos, ni obtuvo empleo mientras estaba en el extranjero; la familia inmediata del solicitante permaneció en los EEUU; el solicitante retuvo el acceso total a su residencia en EEUU (renta seguía activa, los servicios públicos se siguieron pagando, etc). En definitiva, el aplicante debe mostrar que no perdió los lazos con EEUU. Esto también puede probarse a través del pago de los impuestos, uso de cuentas bancarias y tarjetas de crédito. Se debe tomar en cuenta que alterar las entradas y salidas del país puede traer no solo la negación de la aplicación, sino la negatoria permanente por haber mentido y alterado la información real para obtener un beneficio migratorio.