Muchas personas debido a que ya por varios años consecutivos esta categoría se encuentra disponible, han caído bajo la errónea creencia de que un hijo de un residente permanente, menor de 21 años, tiene los mismos beneficios que un hijo menor de un ciudadano(a).
Primero debemos entonces explicar esta categoría de petición. Un proceso petición de un residente permanente a un hijo menor no es igual al proceso que realiza un ciudadano. Los hijos menores de ciudadanos se consideran familiares inmediatos y por ende siempre hay visas de inmigrantes y/o residencias disponibles para estos menores. Este no es el caso de los hijos menores de residentes.
Sin embargo, ya por varios años consecutivos, debido al retraso en los procesamientos de casos, este tipo de petición figura como disponible en los boletines mensuales de visados disponibles que emite el Departamento de Estado de EE.UU. Disponible quiere decir que hay visas de residencia en estos momentos para el que aplique. No tiene que esperar por un cupo. Por ello, si un menor bajo esta categoría tiene visa de turista, en estos momentos podría hacer el proceso de residencia dentro de EE.UU.
Ahora bien, sólo puede hacer este proceso dentro de los 6 meses otorgados al momento de entrar a EE.UU. Si realizan dicho proceso fuera de estos 6 meses, la aplicación será negada. Esto es una gran diferencia para los casos de hijos menores de ciudadanos, ya que estos últimos se pueden quedar sin estatus y pueden hacer sus procesos de residencia dentro de EU sin dificultad alguna. Esto es así porque los hijos menores de residentes no son considerados familiares inmediatos y mensualmente dependen de lo que indique el boletín de visas. Si el boletín de visas deja de indicar que hay visas disponibles, entonces los beneficiarios de esta categoría solo tendrán la opción de hacer sus procesos via el consulado. El cual es el proceso preestablecido para estos casos.