¿Puedo aplicar a la ciudadanía derivada sin el consentimiento de mi familiar?
Primero es importante resaltar que para considerar en aplicar para la ciudadanía estadounidense derivada uno de los padres debe ser ciudadano y adquirido dicha nacionalidad antes de la persona interesada haber cumplido 18 años. Existe la opción de también tratar de obtener la ciudadanía derivada a través de los abuelos a través de la teoría de retención reconstructiva. En artículos anteriores hemos explicado con más detalle estos puntos.
Si uno de los puntos aplica, entonces pasaríamos a considerar si tengo la opción de poder aplicar sin el conocimiento o autorización de este familiar ciudadano. La respuesta a esta analogía es que, solo en el caso de que esta persona haya fallecido será posible ¿por qué? Porque para gestionar la gran mayoría de los documentos necesarios para el proceso se necesita de la firma o solicitud expresa del familiar ciudadano. Por el contrario, si la persona ha fallecido, se pueden solicitar mostrando evidencia de la filiación y del fallecimiento.
Tomen en cuenta que en el 2001, la legislación tuvo un cambio en el cual se establece que para solicitar la ciudadanía a través de los abuelos, la persona que reside fuera de los Estados Unidos, debe realizar dicho reclamo de ciudadanía antes de que cumpla los 18 años. Esto significa una limitante para las personas con intenciones de aplicar a la ciudadanía derivada y por ello es muy importante que se comunique con un abogado antes de iniciar estos procesos.
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