Aparte del fetichismo dable sobre el dinero, hay tres potencias que mueven a la humanidad, las cuales no son otras que poder, odio y amor, pero entre ellas la última fuerza constituye la palanca motriz propiciatoria de grandísimas acciones bienhechoras y redentoras de todo cuanto existe en la faz de la tierra, cuya muestra paradigmática fue Jesús de Nazareth, Unigénito de Dios que en esta ocasión el mundo cristiano conmemora su natividad, a sabiendas de que vino para ejemplificar la verdad revelada.
De haber coincidencia aproximada entre los calendarios juliano y gregoriano, entonces Jesús de Nazareth nació un 25 de diciembre en Belén, comunidad situada tanto ayer como hoy en Palestina, donde tiene lugar el conflicto bélico de este territorio árabe con Israel, nación jurídicamente organizada para dar asiento estatal al otrora pueblo judío, por cuya razón la ocasión permite traer a colación el proceso penal consumado ante la justicia talmúdica en contra del Hijo de Dios.
Sin ser teólogo avezado, tras abrevar en la literatura neotestamentaria, cualquier jurista puede advertir que el juicio criminal seguido a Jesús de Nazareth fue la crónica de una condenación previamente anunciada, ya que en el Sanedrín, símbolo de la justicia talmúdica, había jueces impregnados de odio visceral contra el acusado, máxime cuando el sumo sacerdote, pontífice del derecho mosaico, señoría Yosef Caifás, había dicho que convenía que un hombre muriera para salvar a todo el pueblo judío.
Como el Sanedrín abarcaba una membresía oscilante entre 23 y 71 jueces, tanto la acusación como la defensa corría a cargo de uno que otro de tales magistrados, así que a Nicodemo le tocó ser el abogado de Jesús de Nazareth, pero este doctor de la ley mosaica, tras asumir la asistencia jurídica del acusado por blasfemia, dejó para la posteridad violaciones de toda laya, cuya muestra indica que hubo celebración del juicio en la nocturnidad y a puertas cerradas, cuando debió ser en audiencia pública y diurna; ocurrió deposición del reo contra sí mismo; la libertad defensiva mediante presentación de testigos refutatorios estuvo ausente y siempre que de la causa pudiere surgir la pena de muerte la misma habría de dictarse al tercer día. Empero, la sentencia sobrevino de una vez.
Aun cuando en la legislación talmúdica fue prohibido que el reo ofreciere testimonio contra sí mismo, el doctísimo Yosef Caifás en su condición de máxima autoridad del Sanedrín quiso saber de Jesús de Nazareth si era el Hijo de Dios y éste respondió: Vosotros lo dijisteis, yo soy, lo cual resultó suficiente para el sumo sacerdote, por cuanto se rasgó la vestidura como muestra fehaciente de que la blasfemia quedó demostrada, por cuya razón otras deposiciones atestiguadas vendrían a ser innecesarias, ya que con la confesión habría relevo de fardo probatorio.
Consumado el juicio ante el Sanedrín que trajo consigo la vindicta religiosa, debido al odio visceral profesado contra Jesús de Nazareth, se pasó entonces a la causa sobre la ejecución de la sentencia de muerte mediante el correspondiente exequatur que habría de dictar Poncio Pilatos, tras ser el gobernador de Judea, pues así lo establecía el derecho romano, pero resulta que semejante pena capital era improcedente, cuando se tratare de blasfemia, por cuya razón los doctores de la ley mosaica llevaron a la justicia pretoriana el crimen subversivo de sedición para lograr el objetivo.
Ante la justicia pretoriana, el grupo de 65 jueces del Sanedrín, sufragantes de la muerte contra Jesús de Nazareth, formuló nueva acusación, consistente en incitación del pueblo hacia la rebelión, llamarse rey de los judíos y mostrar oposición frente al pago de impuestos para Roma, pero Poncio Pilatos, tras interrogarle y oír de él que su reino no era de este mundo, entonces el gobernador quedó convencido sobre la inocencia de semejante acusado.
A fin de cuentas, Poncio Pilatos terminó lavándose las manos como muestra exculpatoria sobre la muerte de Jesús de Nazareth, ya que de nada sirvió la declinatoria ante Herodes Antipas ni la devuelta del reo con túnica blanca como señal de inocencia. Otrosí, el procurador propuso la amnistía para el acusado o Barrabás, pero el pueblo judío optó por este malhechor, en lugar del Hijo de Dios. Y a la postre quedó consumada la crucifixión de una persona inmaculada, por conveniencia política y religiosa.