¿Quieres adquirir tu primera vivienda?
Si quieres aduirir tu primera vivienda, el l Abogado Iván Chevalier nos habla sobre la nueva Ley 338-21 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.
Con la promulgación de la nueva Ley 338-21 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, los adquirentes de primera vivienda podrán aplicar ciertas facilidades.
Dicha legislación modifica la Ley 189-11, aumentando el límite de las viviendas consideradas de bajo costo, cuyo monto anterior era de hasta 2 millones y ahora hasta 4.5 millones de pesos dominicanos.
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Los fideicomisos para la construcción creados para el desarrollo de proyectos de viviendas de bajo costo debidamente calificados, quedarán exentos del pago de un cien por ciento (100%) de:
- Impuesto sobre la Renta y Ganancias de Capital.
- Cualquier impuesto, derecho, tasa, carga o contribución alguna que pudiere ser aplicable a las transferencias bancarias y a la expedición, canje o depósito de cheques.
- Impuesto sobre activos o patrimonio, incluyendo, pero no limitado, al Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos No Edificados (IPI).
- Impuestos sobre la construcción, tasas, derechos, cargas y arbitrios establecidos en la Ley.
- Impuestos sobre el traspaso de bienes inmuebles y registro de operaciones inmobiliarias en general.