Alimentario significa ‘de los alimentos o de la alimentación’, y alimenticio, ‘que alimenta o tiene la propiedad de alimentar’.
No es inusual encontrar en las noticias de los distintos medios de comunicación frases como las siguientes: «Nos obliga a conocer los detalles más profundos de la carne, con el objetivo de prevenir algún caso de contaminación alimenticia» o «Seis jugadoras de la selección uruguaya de balonmano sufrieron intoxicación alimenticia antes de jugar ante Brasil».
Sin embargo, y aunque el diccionario académico recoge el sentido de ‘perteneciente o relativo a la alimentación’ como una de las acepciones de ambos adjetivos, es más apropiado, como señala el Diccionario panhispánico de dudas, reservar alimentario para este significado y emplear alimenticio para referirse a lo ‘que alimenta o sirve para alimentar’.
En los ejemplos anteriores, por tanto, lo más adecuado habría sido emplear el adjetivo alimentario: «Nos obliga a conocer los detalles más profundos de la carne, con el objetivo de prevenir algún caso de contaminación alimentaria» y «Seis jugadoras de la selección uruguaya de balonmano sufrieron intoxicación alimentaria antes de jugar ante Brasil».
Se recuerda, además, que en la jerga del derecho se utiliza la voz alimentista, que significa ‘persona que tiene derecho a percibir la prestación de alimentos’, de acuerdo con el diccionario académico.